INFORMACION SOBRE BENEFICARIOS DE LAS POLIZAS DE VIDA Y ACCIDENTES
BilboEstiba nos ha hecho llegar la siguiente información sobre la posibilidad de efectuar cambios en los beneficiarios de las pólizas de vida y accidentes. Va a ser publicado hoy mismo en el tablón de anuncios de la oficina, no obstante y como nos han pedido darle la mayor difusión posible, publicamos a continuación el documento que nos ha sido remitido.
INFORMACION SOBRE BENEFICARIOS DE LAS POLIZAS DE
VIDA Y ACCIDENTES
Para general conocimiento de todos los trabajadores de bilboestiba, les informamos que la condición de beneficiario corresponderá a las personas físicas en cuyo favor se generen las prestaciones objeto de cobertura.
En caso de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, gran invalidez del Asegurado será beneficiario el propio Asegurado.
En caso de fallecimiento del Asegurado, y a falta de designación expresa de beneficiarios efectuada por aquél quedan designados, por orden de prelación preferente y excluyente, los siguientes:
1. Cónyuge no separado legalmente en virtud de sentencia firme en la fecha del fallecimiento del Asegurado.
2. Hijos o descendientes del Asegurado por partes iguales.
3. Padres o descendientes del Asegurado por partes iguales.
4. Herederos legales.
Teniendo en cuenta que a esta fecha no contamos con una base de datos actualizada que recoja los cambios de beneficiarios de las pólizas de vida y accidente, establecemos un plazo, cuyo límite es el día 5 de febrero, para que todos aquellos trabajadores que deseen cambiar bien el orden de beneficiarios o el de beneficiario en sí (por ejemplo, nombrando beneficiario a la pareja de hecho), puedan acudir a la oficina de la Sociedad de Estiba, sita en la calle Ibáñez de Bilbao, 3-3º, en Bilbao, donde cumplimentarán la documentación necesaria para dar traslado a las Cías. Aseguradoras de los cambios de su interés. Se deberá aportar una fotocopia del DNI de los nuevos beneficiarios.
Quedando a vuestra disposición para cualquier aclaración o consulta, aprovechamos la ocasión para saludaros muy atentamente,
Rocío Aprell Lasagabaster
Dtra. Administrativo-Financiera
Documento original
INFORMACION SOBRE BENEFICARIOS DE LAS POLIZAS DE
VIDA Y ACCIDENTES
Para general conocimiento de todos los trabajadores de bilboestiba, les informamos que la condición de beneficiario corresponderá a las personas físicas en cuyo favor se generen las prestaciones objeto de cobertura.
En caso de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, gran invalidez del Asegurado será beneficiario el propio Asegurado.
En caso de fallecimiento del Asegurado, y a falta de designación expresa de beneficiarios efectuada por aquél quedan designados, por orden de prelación preferente y excluyente, los siguientes:
1. Cónyuge no separado legalmente en virtud de sentencia firme en la fecha del fallecimiento del Asegurado.
2. Hijos o descendientes del Asegurado por partes iguales.
3. Padres o descendientes del Asegurado por partes iguales.
4. Herederos legales.
Teniendo en cuenta que a esta fecha no contamos con una base de datos actualizada que recoja los cambios de beneficiarios de las pólizas de vida y accidente, establecemos un plazo, cuyo límite es el día 5 de febrero, para que todos aquellos trabajadores que deseen cambiar bien el orden de beneficiarios o el de beneficiario en sí (por ejemplo, nombrando beneficiario a la pareja de hecho), puedan acudir a la oficina de la Sociedad de Estiba, sita en la calle Ibáñez de Bilbao, 3-3º, en Bilbao, donde cumplimentarán la documentación necesaria para dar traslado a las Cías. Aseguradoras de los cambios de su interés. Se deberá aportar una fotocopia del DNI de los nuevos beneficiarios.
Quedando a vuestra disposición para cualquier aclaración o consulta, aprovechamos la ocasión para saludaros muy atentamente,
Rocío Aprell Lasagabaster
Dtra. Administrativo-Financiera
Documento original